Cómo se calcula
Se utiliza salario mensual / 30 para salario y vacaciones. Las vacaciones del año de la baja se devengan proporcionalmente a los días naturales trabajados, sobre 365 o 366 días. Puedes añadir un saldo reconocido de vacaciones de años anteriores. Para las extras, introduce el pendiente conocido o calcula hasta dos pagas por su periodo real de devengo, recortado a los días de contrato y descontando lo ya abonado.
Un ejemplo práctico
Con 2.000 € al mes, 15 días sin cobrar, baja el 30 de junio de 2026, 30 días anuales, 10 disfrutados y 1.000 € de extras pendientes, la estimación es 2.325,11 € brutos.
Preguntas frecuentes
¿Finiquito e indemnización son lo mismo?
No. El finiquito liquida cantidades pendientes. Una indemnización responde a la causa de la extinción y se calcula aparte.
¿Cómo introduzco las pagas extra?
Si están prorrateadas, selecciona esa opción. Si conoces el pendiente, introdúcelo directamente. Si no, elige periodos de devengo e indica fechas, importe completo y lo cobrado en cada periodo. Las dos pagas pueden tener importes o periodos diferentes. Para más de dos extras, usa el importe pendiente total.
¿Qué pasa si disfruté más vacaciones?
Se muestra el exceso y el valor de las vacaciones pendientes queda en cero. No se descuenta automáticamente: su tratamiento requiere comprobar las circunstancias y el convenio.
¿Qué necesito tener a mano?
La nómina, la fecha de baja y el convenio o contrato. Comprueba qué salario corresponde, qué días siguen sin pagar, el saldo de vacaciones y los periodos de las extras.
¿Puedo usarla si me voy voluntariamente?
Sí: liquida los conceptos pendientes. No descuenta automáticamente falta de preaviso, anticipos o deudas. Su tratamiento requiere comprobar el convenio y el caso.
¿La cifra es bruta o neta?
Es bruta. Cada concepto puede tener un tratamiento diferente en la nómina; no aplicamos un porcentaje fijo a todo el finiquito.